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CID, MARINO ALEJANDRO CONTRA DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DE DEFENSA AL CONSUMIDOR

El recurrente, Marino Alejandro Cid, impugnó una multa impuesta por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor. La Cámara de Apelaciones declaró la nulidad de la disposición sancionatoria por prescripción de la acción.

Recurso directo Defensa del consumidor Prescripcion Sancion administrativa Multa Ley 941 Plazo razonable Due process Infraccion Consorcio de propietarios


¿Quién es el actor?

Marino Alejandro Cid

¿A quién se demanda?

Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor
- Objeto de la demanda: Nulidad de una multa de $55.200 impuesta por incumplimientos en su rol como administrador de consorcio.
- Decisión del tribunal: Se declaró la nulidad de la disposición sancionatoria por prescripción de la acción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El plazo para que la acción sancionatoria prescriba es de tres (3) años a contarse, como regla, de modo corrido desde el momento en que se habrían cometido las faltas imputadas." "La demora descripta –que aparece como atribuible únicamente a la autoridad de aplicación–, exhibe que en el presente caso no se respetaron razonables pautas temporales." "La administración debe observar la garantía del plazo razonable."

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