L, B. G. SOBRE 183 -DAÑOS Número:IPP56168/2019-0 CUIJ: IPPJ-01-00059765-8/2019-0
La defensa del Sr. B. G. L. apeló la decisión que no habilitó la mediación solicitada. La Cámara de Apelaciones revocó la resolución y habilitó la instancia de mediación, argumentando que la decisión anterior era arbitraria y desconsideraba la voluntad de las partes.
¿Quién es el actor?
Defensa del Sr. B. G. L.
¿A quién se demanda?
Estado (representado por el Ministerio Público Fiscal).
- Objeto de la demanda: Habilitación de la instancia de mediación.
- Decisión del tribunal: Se revocó la decisión de no habilitar la mediación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La resolución que no hizo lugar a una instancia de mediación puede agraviar a quien pretendía la finalización del proceso, a través de ese método alternativo de resolución del conflicto." "La función de los juzgadores no es la de aplicar criterios automáticos sino la de hallar aquél que resulte ajustado al caso concreto." "La posibilidad de aplicación de métodos alternativos para la resolución de los conflictos no sólo se encuentra prevista positivamente en nuestro ordenamiento de forma, sino que, además, es parte integrante del paradigma acusatorio."
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