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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'C, M E E Y OTROS SOBRE 5 C -COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN'

Los imputados apelaron la decisión que no eximía de la multa impuesta por comercio de estupefacientes. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión del juez de primera instancia, argumentando que la multa era ineludible y legalmente establecida.

Incidente Comercio de estupefacientes Multa Proporcionalidad Razonabilidad Ley 23.737 Derecho penal Vulnerabilidad socioeconomica Avenimiento Imposicion de penas


¿Quién es el actor?

D. A. P. C., M. E. E. C., P. F. M. G., R. L. S. I.

¿A quién se demanda?

Estado
- Objeto de la demanda: Eximición de la multa impuesta por comercio de estupefacientes.
- Decisión del tribunal: Se confirma la decisión de no eximir la multa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La pena de multa a imponer devenía ineludible al encontrarse prevista en forma conjunta a la de prisión por el art. 5 inciso c) de la Ley 23.737." "El a quo circunscribió debidamente su decisión al imperativo legal, justificando de manera razonable la imposición de la pena de multa." "La solución propugnada por la Defensa no encuentra sustento normativo, en tanto no solo la multa fijada se corresponde con la escala aplicable."

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