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AMPARO - SALUD - OBRAS SOCIALES - KRUSZYNSKI, JUANA CONTRA OBRAS SOCIALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (OBSBA)

Juana Kruszynski interpuso un amparo contra la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires para mantener su cobertura de salud tras jubilarse. La Cámara de Apelaciones confirmó la inconstitucionalidad de la ley que limitaba el derecho de opción a afiliados activos, permitiendo a la actora elegir su obra social.

Amparo Salud Obras sociales Jubilacion Inconstitucionalidad Derecho de opcion Discriminacion Seguridad social Ciudad autonoma de buenos aires Ley n? 3021


¿Quién es el actor?

Juana Kruszynski

¿A quién se demanda?

Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del derecho a la libre opción de obra social tras la jubilación y declaración de inconstitucionalidad del artículo 3° de la Ley N° 3021.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 3° de la Ley N° 3021, permitiendo a la actora elegir su obra social.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho de opción es reconocido a favor de la accionante en su calidad de jubilada", y se argumenta que la distinción entre afiliados activos y pasivos es discriminatoria. Se cita que "la regulación impugnada se halla en clara oposición a otros mandatos constitucionales".

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