R , M SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN/TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN
Se plantea una contienda de competencia entre los Juzgados PCyF N° 17 y N° 18 respecto a una causa de comercio de estupefacientes. La Cámara de Apelaciones resolvió que debe intervenir el Juzgado PCyF N° 18, considerando los plazos y procedimientos establecidos.
¿Quién es el actor?
Juzgado PCyF N° 18
¿A quién se demanda?
Juzgado PCyF N° 17
- Objeto de la demanda: Contienda de competencia sobre la causa de comercio de estupefacientes.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que intervenga el Juzgado PCyF N° 18.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El procedimiento inicial llevado a cabo no fue el transcripto... el Sr. Juez titular del Juzgado N° 18 tomó conocimiento de la existencia de dicha causa con fecha 19/04/2021 a las 13.32 horas, y en esa oportunidad, debió requerir las actuaciones pertinentes... dicha circunstancia inexorablemente provocó el exceso del plazo reglamentario."
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