N.N. SOBRE 173 INC. 15 - ESTAFAMEDIANTE USO DE TARJETAMAGNÉTICAO DE SUS DATOS
El Juzgado PCyF N° 16 resolvió sobre la competencia en un caso de estafa mediante el uso de tarjetas magnéticas. La Cámara determinó que corresponde la intervención del Juzgado N° 16 por ser el de turno en la zona donde se iniciaron los hechos.
¿Quién es el actor?
Prisma Medios de Pago S.A.
¿A quién se demanda?
Desconocido (delincuentes no identificados)
- Objeto de la demanda: Determinación de competencia en un caso de estafa.
- Decisión del tribunal: Se asigna la causa al Juzgado PCyF N° 16.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien las conductas delictivas se habrían cometido a través de internet, no debe soslayarse el hecho de que todos los afectados realizaron compras previamente en un comercio específico ubicado en la Comuna 6, Zona D." "Conociendo esta información y tomando en consideración la prevalencia mencionada, no corresponde realizar un sorteo dado que, de esa manera, se estaría afectando la garantía del Juez Natural."
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