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SOSAS, MARTINADRIAN SOBRE 6.1.44 - TRANSPORTE DE PASAJEROS Número:CAU 35497/2019-0

Martín Adrián Sosa apeló la condena por prestar servicio de transporte de pasajeros sin habilitación. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la actividad de Uber no está legalmente habilitada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Recurso de apelacion Transporte de pasajeros Uber Inhabilitacion Ley 451 Ne bis in idem Procedimiento administrativo Sancion Ciudad autonoma de buenos aires Derechos constitucionales


¿Quién es el actor?

Martín Adrián Sosa

¿A quién se demanda?

Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Condena por prestar servicio de Uber sin habilitación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la condena impuesta en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La medida de secuestro de la licencia de conducir se halla prevista en el Código de Tránsito y Transporte (ley nº 2148)." "La actividad llevada a cabo por el imputado no se encuentra alcanzada por la normativa local." "La regulación del tránsito y los medios de transporte de pasajeros en la Ciudad es materia propia del poder de policía local."

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