Logo

RIVERADAYER, INOCENTE SOBRE 6.1.47 - REQUISITOS DE LOS VEHICULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

El apelante Inocente Rivera Dayer impugnó la condena por transporte sin habilitación de pasajeros. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, argumentando que la actividad de transporte sin autorización es infracción a la normativa local.

Recurso de apelacion Transporte de pasajeros Habilitacion Infraccion Codigo de transito Ley 451 Multa Inhabilitacion Ne bis in idem Jurisprudencia


¿Quién es el actor?

Inocente Rivera Dayer

¿A quién se demanda?

Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Impugnación de la condena por transporte sin habilitación de pasajeros.
- Decisión del tribunal: Se confirma la condena a una multa de 500 UF y 21 días de inhabilitación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La medida de secuestro de la licencia de conducir se halla prevista en el Código de Tránsito y Transporte (ley nº 2148)." "La actividad llevada a cabo por el imputado no requiere habilitación alguna, pues no se trata de un servicio de remis ni taxi sino de un contrato civil de transporte regulado por las disposiciones establecidas en el Código Civil y Comercial de la Nación." "El transporte que se llevó a cabo no se encuentra alcanzado por la normativa local."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar