NN, NN Y OTROS SOBRE 149 BIS - AMENAZAS
Se plantea un incidente de competencia entre los Juzgados PPJCyF N° 28 y N° 24. La Cámara resolvió que corresponde al Juzgado N° 24 continuar con la causa, dado que era el competente al momento de la primera denuncia.
¿Quién es el actor?
NN, NN y otros
¿A quién se demanda?
No aplica (incidente de competencia)
- Objeto de la demanda: Determinación de competencia entre juzgados.
- Decisión del tribunal: Se establece que el Juzgado PPJCyF N° 24 es el competente para continuar con la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la Acordada 3/2019 establece en su punto B que la asignación a los juzgados será efectuada en virtud de la fecha de denuncia y no de la fecha del hecho." "corresponde establecer que continúe interviniendo el Juzgado PPJCyF N° 24, que es quien se halló de turno a la fecha de la primera denuncia del 22.3.2021."
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