L., S. S. CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO - SALUD-MEDICAMENTOS Y TRATAMIENTOS
La actora interpuso un recurso de apelación contra la citación del Estado Nacional en un amparo por salud. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo revocó la decisión apelada y rechazó la citación, priorizando el derecho a la salud de la actora.
Actor: S. S., L. Demandado: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) y FACOEP. Objeto: Mantenimiento de prestaciones y medicamentos por discapacidad. Decisión: Se hace lugar al recurso de apelación y se revoca la citación del Estado Nacional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la citación de terceros procede cuando la parte eventualmente vencida tenga una acción contra el tercero, o bien si mediare conexidad entre la relación controvertida en el proceso y otra relación entre el tercero y alguna de las partes originales." "la demora en integrar la litis provocaría en el marco de un amparo relativo al reclamo de derechos sociales, determinan la improcedencia del planteo formulado por el GCBA." "la citación de terceros procede con carácter excepcional y su admisión debe ser aceptada con criterio restrictivo."
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