INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'C , E O SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN' Número: INC18761/2019-2 CUIJ:INCJ-01-00015305-9/2019-2
La defensa solicitó la incorporación de E O C al régimen de libertad condicional tras su condena por comercialización de estupefacientes. La Cámara de Apelaciones confirmó el rechazo del pedido, argumentando la inconstitucionalidad de la norma invocada no fue demostrada.
¿Quién es el actor?
Sra. Defensora Oficial
¿A quién se demanda?
E O C
- Objeto de la demanda: Incorporación al régimen de libertad condicional
- Decisión del tribunal: Se confirma el rechazo del pedido de libertad condicional
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 14 del Código Penal establece que la libertad condicional no se concederá a los reincidentes. Tampoco se concederá cuando la condena fuera por: 10) Delitos previstos en los artículos 5, 6 y 7 de la Ley 23.737." "El interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional." "Los informes reflejan la evolución favorable dentro del período de progresividad podrán ser, oportunamente valorados, como ya se dijo, para el régimen específico preparatorio dispuesto para el condenado en el art. 56 quáter."
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