DE LA FUENTE, SANDRA CONTRA OBRAS SOCIALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTROS SOBRE AMPARO - SALUD - OBRAS SOCIALES
La actora promovió acción de amparo contra la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires para mantener su afiliación al plan superador 210 tras su jubilación. La Cámara de Apelaciones desestimó el recurso de apelación interpuesto por la ObSBA, confirmando la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley N° 3.021.
¿Quién es el actor?
Sandra Catalina de la Fuente
¿A quién se demanda?
Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) y OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación al plan superador 210 tras su jubilación.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley N° 3.021.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La distinción efectuada entre quienes se encuentran dentro de la población económicamente activa... es irrazonable e injustificada y, por tanto, vulnera el derecho a la igualdad contenido en los artículos 16 de la CN y 11 de la CCABA." "Los agravios expuestos por la demandada no logran refutar debidamente los fundamentos fácticos y jurídicos desarrollados por la jueza de primera instancia." "La única obligada a arbitrar los medios necesarios para que la actora continúe con su afiliación es la ObSBA."
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