INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS CABANA, DIEGO Y OTROS SOBRE 181 INC. 3 - USURPACION (TURBACION DE LAPOSESION)
El Ministerio Público Fiscal apeló la decisión que rechazó la prórroga de la investigación penal por considerarla extemporánea. La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que los plazos son perentorios y deben ser respetados.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Diego Cabana y otros
- Objeto de la demanda: Prórroga de la investigación penal por turbación de la posesión
- Decisión del tribunal: Se confirma el rechazo de la prórroga solicitada
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El carácter de los términos es perentorio. Transcurrido el plazo otorgado por la norma debe operar la sanción procesal prevista en el art. 111 del CPPCABA y por tanto archivarse la causa sin posibilidad de reabrirse la investigación." "Los plazos impuestos al Estado deben operar a favor del imputado. Considerar a dichos términos plazos 'ordenatorios' altera la relación existente entre el derecho a un juicio rápido y la aplicación del derecho material por parte del acusador público."
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