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BARBERENA, FEDERICO ANTONI Y OTROS SOBRE 118 - CONDUCIR CON MAYOR CANTIDAD DE ALCOHOL EN SANGRE DEL PERMITIDO O BAJO LOS EFECTOS DE ESTUPEFACIENTES (ART. 111 SEGÚN LEY 1472)

El auxiliar fiscal apeló la decisión del juez de primera instancia que no homologó un acuerdo de suspensión del juicio a prueba. La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó la decisión, argumentando que el auxiliar fiscal carece de facultad recursiva.

Recurso de apelacion Suspension del juicio a prueba Alcohol en sangre Codigo contravencional Facultad recursiva Acuerdo de partes Juez de primera instancia Ministerio publico fiscal Gravamen irreparable Decision judicial


¿Quién es el actor?

Auxiliar fiscal

¿A quién se demanda?

Federico Antoni Barberena y otros
- Objeto de la demanda: Homologación de un acuerdo de suspensión del juicio a prueba
- Decisión del tribunal: Se confirma la decisión de no homologar el acuerdo

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso debe ser rechazado in limine dado que fue presentado por un auxiliar fiscal, quien no detenta facultad recursiva." "La no homologación de la suspensión de juicio a prueba constituye una resolución que corresponde asimilar a una sentencia definitiva." "El juez no es quien impulsa la acción contravencional y no puede intervenir en el acuerdo negociado por las partes."

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