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B , P A Y OTROS SOBRE 52 - HOSTIGAR, INTIMIDAR

La Sra. Z Y J C presentó una denuncia por violencia de género contra su ex pareja, el Sr. P A B. La Cámara resolvió que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 23 debe intervenir en la causa.

Incidente Violencia de genero Jurisdiccion Acordada 3/2019 Asignacion de causas Juzgado de primera instancia Contienda Hechos denunciados Turno judicial Proteccion familiar


¿Quién es el actor?

Sra. Z Y J C

¿A quién se demanda?

Sr. P A B
- Objeto de la demanda: Denuncia por violencia de género.
- Decisión del tribunal: Se asigna la causa al Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 23.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En aquellos casos en que se hubiere denunciado un primer hecho ocurrido en extraña jurisdicción junto a un hecho posterior ocurrido en esta Ciudad, debía intervenir el Juzgado PPJCyF que se hallaba de turno respecto de este último." "De esta forma se prioriza la asignación de la Pauta 'B' del anexo a la Acordada 3/2019, sobre el alea del sorteo de la Pauta 'D'."

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