INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS SOBRE 118 - CONDUCIR CON MAYOR CANTIDAD DE ALCOHOL EN SANGRE DEL PERMITIDO O BAJO LOS EFECTOS DE ESTUPEFACIENTES (ART. 111 SEGÚN LEY 1472)
El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires apeló la regulación de honorarios de una perito traductora. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que el pago de los honorarios corresponde al Consejo por la naturaleza de la labor realizada.
¿Quién es el actor?
Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
No aplica.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la regulación de honorarios de la perito traductora.
- Decisión del tribunal: Se confirma la regulación de honorarios en $30,000 a cargo del Consejo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La tarea de traducir... resulta una condición sin la cual resulta imposible llevar adelante el proceso." Además, se destaca que "la designación de la perito... es fundamentalmente una obligación de los órganos estatales de administración de justicia."
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