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B M , J DE LA C Y OTROS SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIERMATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN Y OTROS

La defensa apeló la decisión del Juzgado de Primera Instancia que se negó a devolver dinero secuestrado. La Cámara de Apelaciones rechazó el recurso, argumentando que la devolución debe ser gestionada por el juzgado correspondiente.

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¿Quién es el actor?

Defensa de J de la C.

¿A quién se demanda?

Juzgado de Primera Instancia nº 12.
- Objeto de la demanda: Devolución de dinero secuestrado.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No se advierte cuál es el agravio concreto que el decreto en crisis ocasiona al impugnante... deberá reclamar la devolución peticionada en la judicatura a la que fue remitido." "La medida en cuestión carece de sustento y resulta claramente irrazonable poner en cabeza de quien sufrió el secuestro que fuera declarado inválido la responsabilidad de realizar las gestiones necesarias para la devolución del dinero."

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