N., D. O. Y OTROS SOBRE 94 - LESIONES CULPOSAS
Se plantea un incidente de competencia entre dos juzgados en relación a un hecho de lesiones culposas. La Cámara resolvió que corresponde intervenir al Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 22.
¿Quién es el actor?
Fiscalía PCyF Nº 25
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 22
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia judicial sobre un hecho de lesiones culposas.
- Decisión del tribunal: Se resuelve que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 22 debe intervenir en la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la línea media de la Autopista Tte. Gral. Luis Dellepiane resulta ser el límite divisorio entre una y otra Comuna" y "para el peaje Dellepiane I, sentido Provincia de Buenos Aires, la comuna resultante fue la 9".
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