G F, J. R SOBRE 92 - AGRAVANTES (CONDUCTAS DESCRIPTAS EN LOS ARTÍCULOS 89 / 90 Y 91) Número: DEB 124190/2022-1
La defensa del imputado J. R. G. F. planteó la recusación del juez por posible parcialidad tras el rechazo de un acuerdo de juicio abreviado. La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal desestimó la recusación, argumentando que no hubo prejuzgamiento.
¿Quién es el actor?
Dr. Hernán San Martín, Defensor Oficial.
¿A quién se demanda?
Dr. Julio Marcelo Rebequi, Juez titular del Juzgado Penal.
- Objeto de la demanda: Recusación del juez por posible parcialidad tras el rechazo de un acuerdo de juicio abreviado.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la recusación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El rechazo del avenimiento en realidad se debió a la circunstancia de que las partes arribaron a un acuerdo de juicio abreviado manteniendo la plataforma fáctica respecto de una figura que claramente podía encontrarse inmersa en un supuesto penal." "El mero rechazo de un acuerdo de avenimiento, por sí solo, no posee entidad tal como para considerar que la intervención del a quo pueda encontrarse teñida de parcialidad." "No se configura prejuzgamiento cuando el tribunal se halla en la necesidad de emitir opinión acerca de algún punto relacionado con la materia controvertida."
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