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R. C., M. A. SOBRE 183 - DAÑOS

La Fiscalía solicitó la intervención del Juzgado PCyF N° 28 por la competencia territorial en un caso de daños y amenazas. La Cámara resolvió que el Juzgado de la Ciudad continúe interviniendo, dado que uno de los hechos ocurrió en su jurisdicción.

Incidente Competencia territorial Danos Amenazas Juzgado pcyf n? 28 Ciudad autonoma de buenos aires Fiscalia Jurisdiccion Acordada 3/2019 Hechos denunciados


- Quién demanda: La Fiscalía.

¿A quién se demanda?

No se especifica un demandado en el texto.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Competencia territorial en un caso de daños y amenazas.

¿Qué se resolvió?

Se determina que el Juzgado PCyF N° 28 debe continuar interviniendo en la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien es cierto que del relato aparece que el primero de los hechos habría sucedido en Pcia. de Bs As, no deja de ser menos que la denunciante ocurrió a poner en conocimiento de la autoridad de prevención de esta Ciudad otro hecho sucedido al día siguiente del anterior..." "corresponde que sea el Juez de esta Ciudad el que resuelva la solicitud de incompetencia territorial planteada por la Sra. Fiscal..."

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