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GOLDFARD, AUGUSTO DANIEL SOBRE 6.1.47 - REQUISITOS DE LOS VEHICULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

El infractor apeló la condena por transporte de pasajeros sin habilitación, argumentando violaciones a principios constitucionales. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión de primera instancia, sosteniendo que la retención de la licencia no vulneró el principio de ne bis in idem.

Recurso de apelacion Transporte de pasajeros Habilitacion Ne bis in idem Proporcionalidad Razonabilidad Ley 451 Infraccion Sancion Constitucion nacional


¿Quién es el actor?

Augusto Daniel Goldfarb

¿A quién se demanda?

Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 5
- Objeto de la demanda: Condena por falta de habilitación para transporte de pasajeros
- Decisión del tribunal: Se confirma la condena a multa de 500 unidades fijas y 7 días de inhabilitación

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La retención de la licencia fue adoptada con fines cautelares y no sancionatorios." "El hecho de que una persona celebre un contrato privado de transporte no implica que no deba cumplir con las regulaciones administrativas vigentes." "La actividad de transporte de pasajeros en vehículos sólo podría llevarse a cabo de manera legalmente habilitada."

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