A. B, C. P Y OTROS SOBRE 90 - PORTAR ARMAS NO CONVENCIONALES EN LA VÍA PUBLICA, SIN CAUSA QUE LO JUSTIFIQUE (ART. 85 SEGÚN LEY 1472) Número: IPP 211109/2021-0 CUIJ: IPPJ-01-00211109-4/2021-0
La defensa del imputado J.M.V. apeló la revocación de la suspensión del proceso a prueba por incumplimiento de las reglas de conducta. La Cámara de Casación y Apelaciones confirmó la decisión de la Jueza de grado, argumentando que el incumplimiento era claro y flagrante.
¿Quién es el actor?
J.M.V.
¿A quién se demanda?
Estado (representado por la Fiscalía).
- Objeto de la demanda: Revocación de la suspensión del proceso a prueba.
- Decisión del tribunal: Se confirma la revocación de la suspensión del proceso a prueba.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El incumplimiento deberá consistir en un apartamiento considerable e injustificado de la conducta mandada por la regla impuesta." "La resolución adoptada por la jueza de grado se encuentra adecuadamente motivada y, a su vez, fundada en las circunstancias del caso." "El incumplimiento debe ser claro y flagrante, y del que pueda extraerse certeramente que la voluntad del imputado es, precisamente, no someterse a las reglas impuestas."
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