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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'N , O J SOBRE 3 - ORGANIZACIÓN /PROPAGANDA DISCRIMINATORIA - LN 23.592 (PENALIZACIÓN DE ACTOS DISCRIMINATORIOS)' Número: INC 295986/2022-1 CUIJ:INCJ-01-00295986-7/2022-1

El Sr. O J. N. apeló la decisión que rechazó sus excepciones de cosa juzgada y atipicidad en un caso de propaganda discriminatoria. La Cámara de Apelaciones en lo PPJCyF confirmó el rechazo de la excepción de cosa juzgada y declaró la atipicidad de la conducta imputada.

Incidente Propaganda discriminatoria Cosa juzgada Atipicidad Ley 23.592 Derechos humanos Debido proceso Discriminacion Penal Ciudad autonoma de buenos aires


¿Quién es el actor?

Sr. O J. N.

¿A quién se demanda?

Juzgado PCyF nro. 28
- Objeto de la demanda: Rechazo de excepciones de cosa juzgada y atipicidad en un caso de propaganda discriminatoria.
- Decisión del tribunal: Se rechazó la excepción de cosa juzgada y se declaró la atipicidad de la conducta imputada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No se puede afirmar que se trate de los mismos procesos, ni que se trate de los mismos hechos, entendidos estos como las mismas circunstancias de modo, tiempo y lugar." "La conducta reprochada no configura el delito reprimido por el art. 3 de la ley 23.592." "La mera exhibición y/o venta en una feria de tales elementos no importa propaganda, aliento o incitación en los términos exigidos por el artículo 3 de la ley 23.592."

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