P. M. B., J. F. sobre art. 14 -2do párrafo- Tenencia de Estupefacientes Atenuada por ser para Uso Personal - Sala III
La fiscalía apeló el sobreseimiento de J. F. P. M. B. por tenencia de estupefacientes para consumo personal. La Cámara de Casación confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que no había afectación al bien jurídico protegido.
¿Quién es el actor?
Unidad Fiscal Especializada en la Investigación de Delitos Vinculados con Estupefacientes (UFEIDE).
¿A quién se demanda?
J. F. P. M. B.
- Objeto de la demanda: Revocar el sobreseimiento por tenencia de estupefacientes para consumo personal.
- Decisión del tribunal: Se confirma el sobreseimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La tenencia de estupefacientes inequívocamente para uso personal no implicaba un detrimento del bien jurídico tutelado por la norma." "La manifiesta falta de significancia jurídico-penal se evidencia a partir de la propia interpretación de los hechos que ha efectuado el Ministerio Público Fiscal." "No hay elementos que permitan sostener la posibilidad de que el material incautado en poder de P. M. B. pudiera comportar un peligro o daño concreto contra los derechos o bienes de un tercero."
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