INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'R, R. C Y OTROS SOBRE 102 - PORTAR ARMAS NO CONVENCIONALES EN LA VÍA PUBLICA, SIN CAUSA QUE LO JUSTIFIQUE (ART. 85 SEGÚN LEY 1472)'
El Ministerio Público Fiscal apeló la decisión de la jueza de primera instancia que decretó la nulidad de detenciones y requisas. La Cámara de Casación y Apelaciones anuló el decreto impugnado, destacando la falta de jurisdicción de la jueza a quo.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Jueza de primera instancia
- Objeto de la demanda: Nulidad de detenciones y requisas
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al recurso de apelación y se anula el decreto de la jueza a quo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Un juez que ha sido apartado del proceso en los términos del art. 82 CPP ya no puede seguir ejerciendo jurisdicción en él." "El auto apelado infringió la regla contenida en el art. 28 CPP, que expresamente dispone que la jueza recusada 'no podrá realizar ningún acto en el proceso'." "El apartamiento de un juez, decidido por el superior tribunal de la causa, es ejecutable ipso facto."
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