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INCIDENTE EN AUTOS MERELES PEREIRA, JAVIER Y OTROS SOBRE 101 - OMITIR RECAUDOS DE ORGANIZACIÓN Y SEGURIDAD RESPECTO DE UN ESPECTÁCULO MASIVO (ART. 96 SEGÚN LEY 1472)

La Fiscalía y la Defensa Oficial interpusieron un recurso de queja contra la decisión que rechazó la suspensión del proceso a prueba para una persona jurídica. La Cámara de Casación y Apelaciones revocó la decisión y ordenó que se evalúe la posibilidad de aplicar la suspensión del proceso.

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¿Quién es el actor?

Fiscalía de Cámara y Defensa Oficial.

¿A quién se demanda?

Club Atlético San Lorenzo de Almagro (CASLA).
- Objeto de la demanda: Suspensión del proceso a prueba por contravención.
- Decisión del tribunal: Se revoca la decisión que rechazó la suspensión del proceso a prueba.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 13 del CC, de manera expresa, señala la posibilidad de sancionar a una persona de existencia ideal, 'sin perjuicio' de la determinación de responsabilidad de la persona física." "No existe obstáculo para que el ente imputado pueda acordar una salida alternativa al proceso contravencional, siempre que se encuentren dadas las condiciones para ello." "Se encuentran dados los requisitos de procedencia para que CASLA pueda acceder al beneficio de la suspensión del proceso a prueba."

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