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INCIDENTE DE APELACIÓN EN AUTOS 'A., Q., J. N. SOBRE 90 - PORTAR ARMAS NO CONVENCIONALES EN LA VÍA PUBLICA, SIN CAUSA QUE LO JUSTIFIQUE (ART. 85 SEGÚN LEY 1472)'

El Ministerio Público Fiscal apeló la decisión del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 17 sobre el tratamiento conjunto de múltiples casos. La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal resolvió hacer lugar a la acumulación de recursos para su tratamiento conjunto, por razones de economía procesal.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 17
- Objeto de la demanda: Cuestionamiento del tratamiento conjunto de múltiples casos en una única audiencia.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acumulación de recursos para su tratamiento conjunto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se comparte la opinión de la fiscalía, ya que en todos los legajos los agravios que se han introducido son los mismos, relativos únicamente a las dos cuestiones antes mencionadas." "Razones de seguridad jurídica así lo aconsejan, debido a que se trata de agravios en cuanto a las formas procesales cuestionadas de igual manera en todos los casos." Voto en disidencia: "Coincido con mis colegas en que en estos casos no se verifica ningún supuesto de conexidad subjetiva u objetiva que habilite dicha acumulación."

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