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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'L. A, A SOBRE 90 - LESIONES GRAVES'

La defensa apeló la resolución que fijó una cuota alimentaria provisoria de $400.000 mensuales a favor de los hijos del imputado. La Cámara de Casación y Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que se ajustó a derecho y que el monto era razonable.

Incidente Cuota alimentaria Lesiones graves Medidas preventivas Derecho de defensa Ley 26.485 Juez penal Proceso penal Seguridad de los ninos Imputado


¿Quién es el actor?

A. L. A

¿A quién se demanda?

M. M. Q
- Objeto de la demanda: Fijación de cuota alimentaria provisoria
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución de primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La regulación procesal, en su art. 17, confiere expresamente al juez penal la facultad de ordenar cualquiera de las medidas previstas en el art. 26 de la ley 26.485, entre las que está comprendida la fijación de una cuota alimentaria provisoria." "La suma se determinó en el marco de la urgencia propia de la incidencia, denotada por el deber de tutelar la seguridad de los niños involucrados y de la denunciante." "La medida tiene una duración determinada... y puede ser revisada a resultas de la actividad que despliegue el imputado y su defensa."

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