INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS 'R., C. D. SOBRE 52 - HOSTIGAR, INTIMIDAR'
El imputado C. D. R. apeló la resolución que mantuvo medidas preventivas por hostigamiento. La Cámara de Casación y Apelaciones confirmó la decisión, argumentando que las medidas eran necesarias para proteger a la denunciante.
¿Quién es el actor?
C. D. R.
¿A quién se demanda?
Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas n° 7
- Objeto de la demanda: Cese de medidas preventivas impuestas por hostigamiento.
- Decisión del tribunal: Se confirma la resolución que mantiene las medidas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las medidas preventivas urgentes no pueden equipararse a las precautorias... tienen por objeto la protección inmediata y urgente de la víctima." "La ley 26.485 solo exige comprobar que los hechos reportados denotan un riesgo cierto e inminente para la seguridad personal de la mujer." "Las medidas impuestas cumplen con los requisitos de razonabilidad, necesidad e idoneidad."
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