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C. R. E. c/ OSPEP s/AMPARO DE SALUD

La Sra. R. E. C. promovió acción de amparo contra la OSPEP para mantener su afiliación a la obra social tras jubilarse. El juez Gota hizo lugar a la acción, ordenando a la demandada mantener la afiliación y prestaciones de salud de la actora.

Amparo Salud Jubilacion Ospep Afiliacion Prestaciones Constitucion nacional I.n.s.s.j.p. Derechos Silencio administrativo


- Quién demanda: Sra. R. E. C.

¿A quién se demanda?

OSPEP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantenimiento de la afiliación y prestaciones de salud tras la jubilación.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a la OSPEP mantener la afiliación de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho cuya protección se persigue en autos... aparece reconocido por la Constitución Nacional y los pertinentes tratados internacionales incorporados a ella." "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La conducta de la demandada que dio lugar a la promoción del amparo, guardando silencio en cuanto al requerimiento de la amparista, es lo que justifica la procedencia de la acción."

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