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VOLUNTE MIGUEL ANGEL c/ SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL s/PENSIONES

El actor promovió demanda contra la Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural por el reconocimiento de una pensión graciable. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, fijando la fecha de inicio del pago de la pensión al 18/10/2022.

Recurso de apelacion Pension graciable Derechos humanos Detencion politica Ley 26.913 Retroactivo Resolucion administrativa Costas Honorarios Seguridad social

Actor: Miguel Ángel Volunté Demandado: Secretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural Objeto: Reconocimiento de pensión graciable y su retroactivo Decisión: Se revocó la sentencia de primera instancia y se fijó la fecha de inicio del pago de la pensión al 18/10/2022.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Ley 26.913 otorga una pensión graciable para aquéllas personas que acrediten haber estado detenidas por causas políticas, gremiales y/o estudiantiles hasta el 10/10/1983." "El actor, recién cumplió los requisitos para ser acreedor al beneficio de pensión graciable instituido por la ley 26.913, al momento en que se probó que estuvo privado de su libertad por causas políticas en el año 1976." "Corresponde revocar la sentencia recurrida y fijar como fecha como fecha inicial de pago de la prestación el 18/10/22."

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