R, O. P c/ OSCOMM Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
El Sr. R. O. P. interpuso acción de amparo contra las obras sociales OSCOMM y OSDE para obtener la continuidad de su afiliación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 4 hizo lugar a la acción, ordenando el restablecimiento de la afiliación y la cobertura del Plan 210.
¿Quién es el actor?
Sr. R. O. P.
- Demandados: Obra Social de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante (OSCOMM) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE).
- Objeto de la demanda: Continuidad de la afiliación a las obras sociales en los mismos términos que gozaba como trabajador.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando el restablecimiento de la afiliación y cobertura del Plan 210.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El amparo es un proceso sumamente simplificado en sus dimensiones temporales y formales, pues la finalidad fundamental de la pretensión que constituye su objeto consiste en reparar, con la mayor urgencia posible, la lesión de un derecho constitucional." "El carácter de beneficiario, otorgado en el inc. a) del art. 8 y en los incs. a) y b) del art. 9 de la ley, subsistirá mientras se mantenga el contrato de trabajo o la relación de empleo público." "Es decir que tal postura se ratifica por los artículos 8 y 20 de la ley de obras sociales 23.660 y su decreto reglamentario 576/93, al disponer que los aportes a cargo de los beneficiarios detallados serán deducidos de los haberes jubilatorios."
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