V., M. A. c/ OSTVLA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió un amparo de salud para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. La Cámara Federal de La Plata confirmó la decisión de primera instancia que ordenó a las demandadas mantener la cobertura médica en las mismas condiciones previas a la jubilación.
Actor: M. A. V. Demandado: OSTVLA y OSDE Objeto: Mantener la condición de beneficiaria obligatoria de OSTVLA y OSDE bajo el Plan 210. Decisión: Se confirmó la medida cautelar que ordena a las demandadas mantener la afiliación de la actora y su hija.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los jubilados tienen derecho a permanecer como beneficiarios de su obra social, y que la obtención de la jubilación no disuelve automáticamente el vínculo, especialmente cuando la afiliada ha manifestado expresamente su voluntad de continuar." "El régimen jurídico actual permite al beneficiario escoger un agente diferente al PAMI, manteniendo la obra social que tenía antes de la jubilación." "Se debe rechazar la impugnación de las demandadas, con costas de alzada a su cargo atendiendo la contestación de la parte actora a los recursos de apelación."
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