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KARAMAN AGUSTINA ADRIANA c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

La actora solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 de la ley 18.037, argumentando que se le aplicaron topes en sus beneficios de jubilación y pensión. El tribunal hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad del artículo mencionado y ordenando el pago íntegro de los haberes.

Inconstitucionalidad Seguridad social Jubilacion Pension Topes Anses Derechos de propiedad Confiscatoriedad Articulo 79 Ley 18.037


¿Quién es el actor?

Agustina Adriana Karaman

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 de la ley 18.037 y el reclamo de pago íntegro de los beneficios de jubilación y pensión.
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad del artículo 79 y se ordena el pago completo de los beneficios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la limitación impuesta en este caso con arreglo al art. 79, en tanto 'conduce a privar lisa y llanamente al beneficio de una de las prestaciones a la que (quien demanda) tiene derecho', o a reducirla en un porcentaje superior al 15%, deviene manifiestamente inconstitucional por contrariar al carácter de integral e irrenunciables con que el art. 14 bis de la Constitución Nacional define los derechos de la seguridad social." "la implementación de topes máximos sería legítima, lo es en tanto su aplicación no provoque una merma superior al 15% sobre los haberes, más allá de dicho porcentaje la quita sería confiscatoria." "en el caso de autos su aplicación resulta confiscatoria al reducir los haberes excediendo el 15 % tolerado por la jurisprudencia."

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