RIO PARANA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE PRONTO PAGO LABORAL (ETCHETO)
Valeria Alejandra Etcheto promovió un incidente de pronto pago laboral en el concurso preventivo de Río Paraná S.A. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial decidió hacer lugar parcialmente al agravio sobre la tasa de interés, manteniendo el rechazo a los demás agravios planteados.
Actor: Valeria Alejandra Etcheto Demandado: Río Paraná S.A. Objeto: Pronto pago de un crédito laboral verificado en el concurso preventivo. Decisión: Se acogió parcialmente el agravio sobre la modificación de la tasa de interés, rechazando los restantes agravios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sentencia apelada -siguiendo el informe de sindicatura-, se limitó a establecer que el privilegio respecto de los intereses, se extiende únicamente por el lapso de dos años a partir de la mora (art. 19 LCQ) que, de conformidad con la sentencia laboral, se produjo el día 10/02/2016."
"En el trámite de concurso, en supuestos de créditos laborales, se debe efectuar la verificación de los créditos, su calificación y privilegios, compatibilizando las disposiciones de la Ley Laboral con las propias de la Ley de concursos y quiebras."
"La capitalización de intereses solo procede -en los casos judiciales
- cuando liquidada la deuda el juez mandase pagar la suma resultante y el deudor fuere moroso en hacerlo."
"Por lo expuesto, corresponde el rechazo de este último agravio."
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