EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA C/ MUNICIPALIDAD DE 3 DE FEBRERO S/ PROCESO SUMARIO DE ILEGITIMIDAD - OTROS JUICIOS
EDENOR S.A. solicitó la nulidad de un acto administrativo sancionatorio por considerarlo ilegítimo y arbitrario. El Tribunal rechazó la demanda, confirmando la competencia del municipio para aplicar sanciones en defensa del consumidor.
Actor: Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A. (EDENOR S.A.) Demandado: Municipalidad de Tres de Febrero Objeto: Nulidad de la resolución sancionatoria N° 50/22 y declaración de inconstitucionalidad del artículo 70 de la Ley 13.133. Decisión: Se rechaza la demanda de nulidad de la resolución sancionatoria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Municipio de Tres de Febrero tiene competencia para sancionar a EDENOR S.A. por infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor. La actora no logró demostrar la inconstitucionalidad del artículo 40 bis de la Ley 24.240 ni el exceso de punición en la multa impuesta. La resolución administrativa se considera válida y legítima, y la actora no aportó pruebas suficientes para desvirtuar la presunción de legitimidad del acto administrativo."
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