PACH SILVANA GRISELDA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL S/ AMPARO POR MORA
El actor promovió acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social por la falta de resolución de su trámite de jubilación. El Tribunal hizo lugar a la acción, ordenando a la demandada que despache el reclamo en un plazo de 30 días.
Actor: Pach Silvana Griselda Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Amparo por mora en el trámite de jubilación Decisión: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a la demandada que despache el reclamo en un plazo de 30 días.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La demandada si bien ha producido el informe requerido, el mismo resulta insuficiente para justificar la morosidad denunciada por el accionante en el trámite de su reclamo, configurándose la mora administrativa esgrimida en el escrito postulatorio." "El plazo transcurrido desde el inicio del trámite (05/07/2023) y el posterior impulso del expediente por parte de la Administración resulta excesivo, conforme lo dispuesto por los arts. 76 del CCA y 77 del Dec. Ley 7647/70, colisionando con el principio de debido proceso." "Es que frente al derecho de los administrados de obtener respuestas claras y en tiempo oportuno, por parte de la administración, existe obligación expresa de ésta de expedirse mediante un acto administrativo."
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