HEREDEROS DE DOMINGO BERNARDO AISPURU C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIO Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO Y OTRO/A S/ MATERIA A CATEGORIZAR - OTROS JUICIOS
Los herederos de Domingo Bernardo Aispurú promovieron acción declarativa de inconstitucionalidad contra la ley 15.008, cuestionando su artículo 41 por afectar derechos previsionales. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 41, ordenando el pago de haberes adeudados, pero rechazó la inconstitucionalidad del artículo 43.
Actor: Herederos de Domingo Bernardo Aispurú Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Inconstitucionalidad de los artículos 41 y 43 de la ley 15.008, en relación a derechos previsionales. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se ordenó el pago de haberes adeudados, rechazando la inconstitucionalidad del artículo 43 y haciendo lugar a la excepción de prescripción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La modificación en la determinación del haber previsional dispuesto en el art. 41 de la ley 15.008, quebranta la garantía constitucional de la movilidad, dispuesta en los arts. 14 bis de la Constitución Nacional y 39 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires." "El derecho jubilatorio obtenido por la acreditación de los recaudos exigidos, se incorpora al patrimonio del beneficiario y no puede perderse o suprimirse a menos que la propia ley aplicable al tiempo de otorgarse el beneficio provea la causal de extinción o caducidad." "Se rechaza el planteo de la parte actora respecto a la inconstitucionalidad del art. 43 de la Ley 15.008."
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