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SANCHEZ EDUARDO ERNESTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El actor solicitó el beneficio de litigar sin gastos en el marco de una acción por daños y perjuicios derivados de un siniestro automovilístico. El Tribunal concedió el beneficio, considerando que el solicitante no tiene recursos suficientes para afrontar los gastos del juicio.

Incidente Beneficio de litigar sin gastos Danos y perjuicios Siniestro automovilistico Situacion economica Costas judiciales Tribunal Garantia de defensa Igualdad ante la ley Recursos insuficientes

Actor: Sánchez Eduardo Ernesto Demandado: Juan Francisco Franco Villanueva; Federación Patronal S.A; Nación Seguros S.A; Gonzalo Ezequiel Donato Gramajo; Crosslog S.A Objeto: Beneficio de litigar sin gastos en una acción por daños y perjuicios. Decisión: Se concede el beneficio de litigar sin gastos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El beneficio de litigar sin gastos tiene su fundamento en la garantía de la defensa en juicio y de la igualdad ante la ley... habrá que considerarlo como una situación excepcional y someterlo al prudente criterio judicial, evaluando las circunstancias del caso." "No es dable exigir una prueba exhaustiva de la alegada falta de recursos, bastando la imposibilidad total o parcial para obtenerlos... no posee recursos suficientes para afrontar los gastos del juicio." "En consecuencia, y en atención al monto del reclamo efectuado en autos ($7.308.720), tengo por acreditado que el actor se encuentra en una situación económica tal, que a mi criterio, no lo sitúa en condiciones suficientes como para afrontar los gastos que deriven del juicio principal."

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