CARABALLO, ALFREDO RAMON C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS ART S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El actor Alfredo Ramón Caraballo apeló la resolución que desestimó su demanda por prestaciones de incapacidad derivadas de una enfermedad profesional. La Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú declaró la inconstitucionalidad de varias normas y estableció la competencia del Juzgado de Trabajo de Gualeguay.
¿Quién es el actor?
Alfredo Ramón Caraballo
¿A quién se demanda?
Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos
- Objeto de la demanda: Prestaciones por incapacidad derivada de una enfermedad profesional
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad de varias normas y se establece la competencia del Juzgado de Trabajo de Gualeguay.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 1° de la Ley 27.348 en cuanto impone la instancia administrativa previa ante las C.M. como 'obligatoria' resulta inconstitucional porque, conforme lo analizado, cercena el derecho de los trabajadores afectados por un infortunio laboral a un rápido y expedito acceso a la justicia, al debido proceso y al juez natural que consagran el art. 18 de la Constitución Nacional."
"La obligatoriedad de la instancia administrativa previa y excluyente que los trabajadores afectados por una contingencia o siniestro laboral deben agotar ante las Comisiones Médicas establecidas por la LRT, para recién después poder reclamar judicialmente, resulta inconstitucional."
"El intento de la Ley 27.348 de sustraer de los jueces naturales la delicada tarea de aplicar el Derecho e impartir Justicia, adjudicándosela a profesionales de una ciencia ajena y -por ende
- no aptos por no estar preparados para ello, es ilógico y racionalmente inaceptable."
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