C.V.A. C- M.P.SRL S- DAÑOS Y PERJ.DEL./CUAS.8EXC.USO AUT. Y ESTADO)
El actor demandó a M.P. SRL para obtener cobertura económica para el tratamiento de su adicción al tabaco, alegando responsabilidad por los daños a su salud. El tribunal declaró prescripta la acción, argumentando que el demandante conocía el daño desde hacía años.
Actor: V.A.C. Demandado: M.P. SRL Objeto: Cobertura económica para tratamiento de adicción al tabaco y daños punitivos. Decisión: Se declaró prescripta la acción y se absolvió a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El plazo de prescripción debe computarse a partir del momento en que el demandante tomó efectivo conocimiento del daño que invoca... el curso de la prescripción comienza desde que la víctima conoció o debió conocer el daño... En efecto, el señor Castillo nació el 15/3/1967 y la demanda en tratamiento se interpone con fecha 7/7/2015... Es notorio que, desde entonces, transcurrió un lapso que superó en ocasión de interponer la demanda todos los plazos legales que puedan reputarse de aplicación." "La afección negativa de la voluntad... no se presume; en circunstancias tales... es dado reclamar, específicamente, la concreta alegación primero, y la acabada prueba luego, de que el trastorno hubiera ameritado la declaración de incapacidad..." "La ponderada apreciación de cuanto se lleva dicho, conduce a juzgar prescripta la acción, y por mérito de ello, a desestimar el reclamo."
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