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ASOCIACION MEDICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA GESELL S/ COBRO DE APORTES DE CUOTA SINDICAL

El A.M.R.A. demandó a la Municipalidad de Villa Gesell por lucro cesante debido a la falta de implementación del código de descuento para la cuota sindical. El Tribunal rechazó la demanda al no acreditarse el daño alegado y la existencia de un perjuicio económico concreto.

Cobro de aportes Cuota sindical Lucro cesante Responsabilidad civil Inconstitucionalidad Cosa juzgada Codigo de descuento Dano patrimonial Municipalidad de villa gesell Asociacion medicos de la republica argentina

Actor: Asociación Médicos de la República Argentina (A.M.R.A.) Demandado: Municipalidad de Villa Gesell Objeto: Lucro cesante por la falta de reconocimiento del código de descuento para la cuota sindical. Decisión: Se rechazó la demanda interpuesta por el A.M.R.A. contra la Municipalidad de Villa Gesell.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El mismo no puede concebirse como un ítem hipotético o eventual, pues por su naturaleza debe ser cierto y sólo puede ser reconocido cuando su existencia y cuantía, se acrediten mediante prueba directa." "La propia actora fue contundente al señalar en su escrito de fecha 31/1/2022 que: 'Quedará probado en el marco de las presentes actuaciones que el A.M.R.A. sufrió un perjuicio patrimonial concreto y palpable con la ilegal denegatoria del otorgamiento del <> para la percepción del código de descuento por afiliación, lo cual deberá ser materia de una concreta reparación económica.'" "Sin embargo, la realidad procesal fue otra, y lejos ha estado de acreditar el alegado daño padecido como consecuencia del actuar de la parte demandada."

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