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DIAZ GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra la A.N.Se.S. solicitando el reajuste de sus beneficios de jubilación y pensión. El tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el reajuste del haber de pensión y declarando la inconstitucionalidad de ciertos artículos que limitan los haberes.

Reajuste Jubilacion Pension Inconstitucionalidad Movilidad A.n.se.s. Derechos previsionales Topes maximos Intereses Retroactividad

Actor: Graciela Díaz Demandado: A.N.Se.S. Objeto: Reajuste de beneficios de jubilación y pensión, aplicación de pautas de movilidad y pago de sumas retroactivas. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda, ordenando el reajuste del haber de pensión y declarando la inconstitucionalidad de ciertos artículos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La ley 27.609 fue publicada en el Boletín Oficial el día 4 de enero de 2021. Su art. 1° sustituyó el art. 32 de la ley 24.241 y sus modificaciones y dispuso que el índice de movilidad de las prestaciones mencionadas en el art. 17 de ese último cuerpo legal se obtendría conforme a la fórmula dispuesta en el Anexo." "La declaración judicial de inconstitucionalidad del texto de una disposición legal -o de su aplicación concreta a un caso
- es un acto de suma gravedad institucional que debe ser considerado como última ratio del orden jurídico." "Por ello, y por razones de economía procesal, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3° de la ley 24.463 para el supuesto en que en la etapa de liquidación se acredite una disminución en el haber recalculado conforme a las pautas que se ordenan en la presente, que resulte confiscatoria."

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