BAZAN, MARTIN HORACIO S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
Se solicita la declaración de incompetencia en la causa de determinación de la capacidad jurídica del causante M. H. B. El Tribunal se declara incompetente y remite el expediente a la Cámara Nacional en lo Civil, considerando el domicilio actual del causante en CABA.
Actor: Unidad Funcional de Defensa N°5 del Dpto. Jud. Morón; Ministerio Pupilar; Agente Fiscal Demandado: M. H. B. Objeto: Declaración de incompetencia para entender en la causa de determinación de la capacidad jurídica. Decisión: El Tribunal se declara incompetente y remite el expediente a la Cámara Nacional en lo Civil.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que conforme lo establecido en el art. 5 inc. 8 del Código Procesal Civil y Comercial, resulta competente para entender en la declaración de la Capacidad Jurídica el juez del domicilio del causante." "Considero que de las constancias de autos precitadas surge claramente que el causante tiene su centro de vida y lugar de residencia actual fuera del ámbito geográfico de este Departamento Judicial." "Por ello, corresponde declararme incompetente para seguir entendiendo, toda vez que será el Magistrado que corresponda en orden de turno de los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo Civil con competencia en el Fuero de Familia, el más indicado para adoptar las medidas vigentes necesarias para dar legalidad y controlar las condiciones en que el tratamiento se desarrolla."
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