GIMENEZ, JORGE JOSE C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE GOBIERNO S/ INCONST. ART. 32 INC. 1 DECRETO LEY 9020/78
El escribano Jorge José Giménez promovió una demanda de inconstitucionalidad contra el art. 32 inc. 1 del decreto ley 9.020/78, que establece una inhabilidad por edad para ejercer funciones notariales. La Corte declaró la inconstitucionalidad de la norma, argumentando que vulnera derechos fundamentales como el derecho al trabajo y la igualdad.
¿Quién es el actor?
Jorge José Giménez
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Inconstitucionalidad del art. 32 inc. 1 del decreto ley 9.020/78, que establece la inhabilidad para ejercer funciones notariales a partir de los 75 años.
- Decisión del tribunal: Se declara la inconstitucionalidad de la norma impugnada y su inaplicabilidad al caso del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El demandante aduce que la norma que impugna es irrazonable, en tanto cercena intempestivamente su derecho constitucional de poder continuar trabajando en la profesión de escribano...". "La arbitrariedad de la norma en cuestión surge, en primer lugar, de que la limitación temporal del ejercicio de la profesión aludida no guarda adecuada proporción con la necesidad de tutelar el interés público comprometido...". "La igualdad se ve alterada pues el legislador ha establecido, sin razón atendible, una discriminación en perjuicio de los escribanos que lleguen a la edad aludida...". "En suma, la imposición de costas en el ordenamiento procesal analizado no es una sanción al litigante vencido, sino el deber de resarcir al vencedor de los gastos que debió realizar para obtener el reconocimiento de su derecho...".
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