M, A c/ OSDE Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, ordenando la continuidad de la afiliación y el respeto a las condiciones previas a la baja.
- Quién demanda: M, A y A, I.J.
¿A quién se demanda?
OSDE y la obra social de Técnicos de Vuelo de Líneas Aéreas (OSTVLA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantenimiento de la afiliación a la obra social y recepción de aportes como jubilada.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó la continuidad de la afiliación de la actora y su grupo familiar en los mismos términos previos a su jubilación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El hecho de haber obtenido un haber jubilatorio, no implicó la ruptura del vínculo con la demandada, porque el actor se encontraba facultado para ejercer su derecho a permanecer afiliado a la obra social a la que perteneció durante su vida laboral activa." "La decisión de la accionada de no mantener la afiliación con base en que obtuvo la jubilación resulta arbitraria, toda vez que conduce a la ruptura unilateral de la relación existente." "La ley considera jurídicamente relevante la existencia de una relación anterior sostenida en el tiempo y sin causal voluntaria de ruptura del vínculo."
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