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BELTRAM, VERONICA FRANCISCA c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

La Sra. Verónica Beltram promovió un amparo de salud para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal N° 2 hizo lugar a la demanda, ordenando a las demandadas reestablecer su afiliación en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Obra social Derechos Seguridad social Procedimiento Ley 19.032 Ley 23.660


¿Quién es el actor?

Verónica Francisca Beltram
- Demandados: Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación médica asistencial tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora en las mismas condiciones que tenía como trabajadora activa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La creación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados no importó un pase automático de los pasivos a ese organismo, pues el art. 16 de la referida ley 19.032 conservó la afiliación obligatoria a la obra social correspondiente al servicio prestado en actividad." "La condición de jubilada no implicaba su traslado al INSSJP, sino que subsistía en la esfera de autonomía de la voluntad del ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social en la cual se encontraba afiliado hasta entonces." "La denegatoria por parte de las demandadas prescindió de la relación preexistente que vinculaba a OSOCNA/OSDE con la actora, lo que comporta, con base en la normativa vigente, una arbitraria restricción del pleno ejercicio del accionante de su derecho a la salud."

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