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BARCIA, GLADYS BEATRIZ c/ CPACF (EX 31486/19) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

La abogada Gladys Beatriz Barcia apeló una sanción de llamado de atención impuesta por el Tribunal de Disciplina del CPACF. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión, argumentando que la conducta de Barcia vulneró normas éticas al realizar publicaciones injuriosas en redes sociales.

Recurso de apelacion Ejercicio de la abogacia Sancion disciplinaria Etica profesional Libertad de expresion Redes sociales Prescripcion Tribunal de disciplina Cpacf Conducta injuriosa


¿Quién es el actor?

Gladys Beatriz Barcia

¿A quién se demanda?

Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF)
- Objeto de la demanda: Impugnación de la sanción disciplinaria impuesta por el CPACF.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sanción de "llamado de atención" impuesta a Barcia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La libertad de expresión [...] encuentra un límite marcado cuando un comentario busca agredir y mortificar a un tercero". "En ningún caso se puede tolerar o amparar el empleo de expresiones ofensivas o denigratorias que tan sólo persigan un propósito mortificatorio y resulten manifiestamente gratuitas". "La conducta de la abogada Gladys Beatriz Barcia, ha vulnerado [los artículos 6, inciso d) y e) de la ley 23.197 y 10 inciso a) y 14 del Código de Ética".

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