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Unión Cívica Radical Distrito Córdoba S/aportes Públicos

La Unión Cívica Radical del distrito Córdoba interpuso un recurso directo contra la Disposición Nº 7/2025 de la Dirección Nacional Electoral por la omisión de asignación de aportes para campaña electoral. La Cámara Nacional Electoral rechazó el recurso, argumentando que la decisión se ajusta a las normas vigentes y cumple con los requisitos administrativos.

Recurso directo Aportes publicos Campana electoral Union civica radical Disposicion n? 7/2025 Direccion nacional electoral Legalidad Motivacion administrativa Sanciones electorales Principio de razonabilidad


¿Quién es el actor?

Unión Cívica Radical del distrito Córdoba

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional Electoral
- Objeto de la demanda: Cuestionamiento de la Disposición Nº 7/2025 que asigna aportes para campaña electoral.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso interpuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Disposición atacada fue adoptada sobre la base de los antecedentes mencionados en el considerando que antecede, solo puede concluirse que la misma se encuentra dictada en un todo de acuerdo a las normas vigentes en materia electoral y cuenta con los requisitos esenciales que todo acto administrativo de alcance general debe respetar." "En tal sentido, y en concordancia con lo requerido por aquellos, se desprende de lo reseñado que 'la DINE expres[a] claramente cu[á]l es la sentencia que se pretende ejecutar […] y/o si la misma se ha aplicado […] producto de algún inciso del [a]rt. 62 de la [l]ey 26.[215]'."

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