MONTERO, MARIA SOCORRO c/ OBRA SOCIAL DE ARBITROS DEPORTIVOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
La actora promovió acción de amparo para restablecer su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 1 hizo lugar a la acción, ordenando a las demandadas mantener la afiliación en las mismas condiciones que tenía en actividad.
- Quién demanda: M., M. S.
¿A quién se demanda?
Obra Social de Árbitros Deportivos de la República Argentina y Medicus SA de Asistencia Médica y Científica.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restablecimiento de la condición de afiliada obligatoria a la obra social.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al INSSJyP, sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por las demandadas no resulta ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativo para quienes ya poseían una obra social." "Corresponde que la obra social demandada mantenga la afiliación en las mismas condiciones que lo hacía mientras que la parte actora se encontraba en actividad."
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